Legislación › Ley 5/2023, de 8 de marzo, de sociedades cooperativas de las Illes Balears.
Disposición adicional séptima. Normas especiales.
Disposición adicional séptima. Normas especiales.
Las cooperativas deben estar sujetas a lo que establece el Real decreto legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general para la defensa de las personas consumidoras y usuarias y otras leyes complementarias, las demás disposiciones sobre esta materia y las disposiciones sanitarias y asistenciales que sean de aplicación.
← Disposición adicional sexta Índice Disposición adicional octava →


