Legislación › Real Decreto 448/2023, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios.
Artículo 3. Naturaleza y dependencia orgánica.
Artículo 3. Naturaleza y dependencia orgánica.
1. El Registro es un registro público de carácter administrativo y único para todo el territorio del Estado.
2. El órgano encargado de su gestión tendrá sede en Madrid y depende de la Dirección General de Consumo adscrita a la Secretaría General de Consumo y Juego del Ministerio de Consumo.


