Legislación › Real Decreto 427/2023, de 6 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Atletismo y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.
Disposición final tercera. Autorización para la actualización de anexos.
Disposición final tercera. Autorización para la actualización de anexos.
1. Con el objeto de actualizar los perfiles del profesorado a los nuevos títulos universitarios regulados por el Real Decreto 822/2021, de 29 de septiembre, se autoriza al titular del Ministerio de Educación y Formación Profesional para la modificación y actualización de los anexos VII, VIII-A, y IX de este real decreto.
2. Con objeto de actualizar los aspectos del currículo regulados por este Real Decreto, de acuerdo a lo establecido en el artículo 64.6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, se autoriza a la persona titular del Ministerio de Educación y Formación Profesional, previo informe del Consejo Superior de Deportes y del Consejo Escolar del Estado, para la modificación y actualización de los anexos I, II, III, IV, V-A, V-B, VI y XIII.
3. Con el objeto de actualizar la referencia al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales de los ciclos y la correspondencia de las unidades de competencia con los módulos de enseñanza deportiva que forman los presentes títulos para su convalidación o exención, se autoriza al titular del Ministerio de Educación y Formación Profesional para la modificación y actualización de los anexos X-A, X-B y X-C.
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