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Legislación › Ley 5/2023, de 22 de marzo, de Creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid.

Artículo 44. Extinción y disolución de la Agencia.

Artículo 44. Extinción y disolución de la Agencia.

La extinción y disolución de la Agencia se producirá mediante ley y llevará aparejada la subrogación de la Comunidad de Madrid en todas las relaciones jurídicas en que fuera parte aquella.

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