Legislación › Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid.
Artículo 14. Definición.
Artículo 14. Definición.
Son archivos privados, a los efectos de esta ley, los que custodian documentos generados por personas físicas o jurídicas de naturaleza privada en el ejercicio de las funciones y actividades que les son propias y radiquen en el territorio de la Comunidad de Madrid.


