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Legislación › Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid.

Artículo 14. Definición.

Artículo 14. Definición.

Son archivos privados, a los efectos de esta ley, los que custodian documentos generados por personas físicas o jurídicas de naturaleza privada en el ejercicio de las funciones y actividades que les son propias y radiquen en el territorio de la Comunidad de Madrid.

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