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Legislación › Real Decreto 611/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de la Propiedad Intelectual.

Artículo 18. Admisión de la solicitud.

Artículo 18. Admisión de la solicitud.

1. Una vez presentada cualquier solicitud, el registro competente que la reciba la admitirá haciendo constar en ella la fecha, hora y minuto de la presentación.

2. Al solicitante se le expedirá justificante de la presentación.

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