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Legislación › Orden SND/778/2023, de 10 de julio, por la que se regulan determinados aspectos de la autorización de los medicamentos a base de alérgenos de producción industrial y de los graneles de medicamentos a base de alérgenos de uso humano y veterinario.

ANEXO I

ANEXO I

Medicamentos a base de alérgenos con finalidad diagnóstica in vivo

Se presentará la siguiente documentación, con los datos que se describen a continuación:

– Interesado:

• Nombre o razón social.

• Persona de contacto.

• Dirección postal.

• Correo electrónico.

• Teléfono.

– Medicamento:

• Nombre.

• Forma farmacéutica.

• Concentración.

• Vía de administración.

• Indicación/es.

• Principios activos.

• Grupo farmacoterapéutico (según clasificación ATC/ATCvet de la Organización Mundial de la Salud).

• Excipientes (incluyendo e indicando los materiales y/o excipientes de origen humano o animal).

• Nombre del fabricante del medicamento y de los principios activos.

• Dirección postal.

• Correo electrónico.

• Teléfono.

• El establecimiento (fabricante) está autorizado por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios o por otra entidad.

• Realiza las actividades con normas de correcta fabricación.

• Breve descripción del proceso de producción.

– Va a presentarse para registro.

– ¿Está el medicamento autorizado en algún país de la UE?

– Consumo anual aproximado del medicamento.

– Si es veterinario, indicar consumo anual por especie.

La obtención y tratamiento de los datos recabados a estos efectos se realizará con sujeción a la normativa de protección de datos y, en particular, al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

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