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Legislación › Orden EFP/824/2023, de 19 de julio, por la que se regula la ordenación de la enseñanza de Bachillerato para personas adultas y se establecen las características de la prueba para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Artículo 26. Requisitos de participación.

Artículo 26. Requisitos de participación.

Podrán acceder a esta prueba las personas mayores de veinte años o las que cumplan esta edad en el año natural en que se realiza la prueba; que no estén matriculadas en las enseñanzas de Bachillerato en ninguna de sus modalidades, ya sea en régimen ordinario o en modalidad presencial, distancia o distancia virtual; que no posean el título de Bachiller, y que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:

a) Residir en Ceuta o Melilla.

b) Tener la nacionalidad española y residir temporal o habitualmente en el extranjero.

c) No tener la nacionalidad española, residir en el extranjero y haber cursado previamente enseñanzas regladas del sistema educativo español.

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