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Legislación › Orden PCM/825/2023, de 20 de julio, por la que se regulan los criterios y el procedimiento de certificación de empresas emergentes que dan acceso a los beneficios y especialidades reconocidas en la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.

Artículo 15. Obligación de comunicación de cambios por la entidad certificada.

Artículo 15. Obligación de comunicación de cambios por la entidad certificada.

La empresa certificada queda en todo momento obligada, bajo su responsabilidad exclusiva, a comunicar de forma inmediata a la entidad certificadora cualquier cambio, modificación o alteración de los hechos, documentos o circunstancias que pudieran suponer el incumplimiento de cualquiera de los requisitos exigidos por a esta orden o por la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, para la obtención de la certificación, o que pudieran determinar la pérdida de efecto de la referida certificación.

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