Legislación › Ley 4/2023, de 6 de julio, de ordenación y gestión integrada del litoral de Galicia.
Artículo 15. La Junta Consultiva en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Artículo 15. La Junta Consultiva en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
La Junta Consultiva en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, adscrita a la consejería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, además de las funciones que le son propias, ejercerá la función consultiva en materia de ordenación del litoral, correspondiéndole el asesoramiento y la emisión de informes relativos a la aplicación e interpretación de la normativa vigente en materia de ordenación del territorio y urbanismo sobre el litoral.


