Legislación › Ley 4/2023, de 6 de julio, de ordenación y gestión integrada del litoral de Galicia.
Artículo 36. Usos prohibidos en el área de protección ambiental.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de noviembre de 2023 y la del 3 de abril de 2024.
Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (14 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 36. Usos prohibidos en el área de protección ambiental.
1. En los términos establecidos en el artículo 31, los planes de ordenación del litoral establecerán los usos y actividades prohibidos en los espacios de esta área al ser incompatibles con los objetivos de ordenación recogidos en el artículo 33.
2. En todo caso, estarán prohibidos los usos que comprometan la integridad de los valores naturales que deben protegerse, y en particular los siguientes:
a) La ocupación de terrenos del dominio público marítimo-terrestre con instalaciones fijas o no desmontables, salvo las que estén expresamente contempladas en el título IV de esta ley.
b) Los usos recogidos en el artículo 32.2 de la Ley 22/1998, de 28 de julio, de costas, cuando se trate de bienes de dominio público marítimo-terrestre.
c) Las actuaciones de transformación urbanística, salvo las dirigidas a la implantación de las dotaciones públicas estratégicas reguladas en el artículo 60.
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia y aplicación de las letras a), b) y c) del apartado 2, desde el 11 de octubre de 2023 para las partes del proceso y desde el 9 de noviembre de 2023 para los terceros, por providencia del TC de 6 de noviembre de 2023 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 6521/2023. BOE-A-2023-22760 y que se mantiene por auto del TC 22/2024, de 28 de febrero. BOE-A-2024-6676
d) Los usos que se prohíban en los instrumentos de ordenación y gestión de los espacios naturales protegidos al ser susceptibles de causar perjuicio a la integridad del lugar o sobre el estado de conservación de los componentes clave para la biodiversidad.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de mayo de 2024 En vigor | BOE-A-2024-10946 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 2024 | BOE-A-2024-6676 | Leer | Qué cambió |
| 9 de noviembre de 2023 | BOE-A-2023-22760 | Leer | Qué cambió |
| 2 de agosto de 2023 | Texto original | Leer |


