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Legislación › Ley 4/2023, de 6 de julio, de ordenación y gestión integrada del litoral de Galicia.

Disposición adicional cuarta. Adaptación del Plan de ordenación del litoral de Galicia.

Disposición adicional cuarta. Adaptación del Plan de ordenación del litoral de Galicia.

El Plan de ordenación del litoral de Galicia, aprobado definitivamente por Decreto 20/2011, de 10 de febrero (DOG de 23 de febrero) pasará a denominarse «Plan de ordenación costera de Galicia» y deberá ser revisado, para su adaptación a la presente ley, en el plazo de dos años a contar desde su entrada en vigor.

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