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Legislación › Ley 4/2023, de 6 de julio, de ordenación y gestión integrada del litoral de Galicia.

Disposición transitoria tercera. Delimitación de los espacios de especial interés ambiental y paisajístico.

Disposición transitoria tercera. Delimitación de los espacios de especial interés ambiental y paisajístico.

Hasta la revisión del Plan de ordenación del litoral de Galicia, las referencias contenidas en esta ley a los espacios de especial interés ambiental y paisajístico que debe delimitar el Plan de ordenación costera serán todos los de esa naturaleza delimitados en el Plan de ordenación del litoral de Galicia.

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