LexTotal

Legislación › Resolución de 23 de enero de 2023, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2023.

ANEXO I

ANEXO I

Restricciones a pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos en carretera

Apartado 1.º En las comunidades autónomas y provincias las siguientes carreteras y fechas:

Comunidad Autónoma de Andalucía

Provincia de Almería

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– El martes 28 de febrero, de quince a veinticuatro horas.

b) En las carreteras A-7, A-92, N-340a, N-341, N-344, A-332, A-352, A-370, AL-12, AL-3108, AL-3115, AL-3117, AL-4200, AL-5107 y AL-7107:

– Todos los viernes, sábados, domingos y festivos de los meses de julio, agosto y septiembre, de cero a veinticuatro horas.

Provincia de Cádiz

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– Desde el sábado 29 de abril, a las quince horas, hasta el lunes 1 de mayo, a las veinticuatro horas.

b) En las carreteras N-4, N-340, N-351, A-314, A-383, A-390, A-396, A-471, A-491, A-2001, A-2075, A-2076, A-2077, A-2078, A-2079, A-2101, A-2102, A-2103, A-2227, A-2229, A-2230, A-2231, A-2232, A-2233, A-2325, CA-36, CA-3206, CA-3208 Y CA-4202:

– Todos los viernes, desde el viernes 30 de junio hasta el viernes 8 de septiembre, de quince a veinticuatro horas.

– Todos los sábados, domingos, festivos y vísperas de festivos, desde el sábado 1 de julio hasta el domingo 10 de septiembre, de cero a veinticuatro horas.

Provincia de Córdoba

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– El martes 28 de febrero, de quince a veinticuatro horas.

b) En las carreteras A-4, A-45, CO-31 y CO-32:

– Durante todo el año, desde las quince horas de los viernes, hasta las veinticuatro horas de los domingos.

Provincia de Granada

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

b) En las carreteras A-44, GR-30, N-340 y N-432 (tramo Granada-Pinos Puente, entre los puntos kilométricos 419 al 438):

– Todos los viernes, sábados, domingos, festivos y vísperas de festivos de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.

Provincia de Huelva

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

b) En la carretera A-483:

– Desde el miércoles 24 de mayo, a las cero horas, hasta el martes 30 de mayo, a las veinticuatro horas.

c) En la carretera A-474:

– El domingo 28 de mayo, de cero a veinticuatro horas.

d) En las carreteras N-431, N-442, A-483, A-497, A-5051, A-5052, A-5053, A-5054, A-5056 y A-5076:

– Todos los sábados, domingos y festivos, desde el sábado 17 de junio hasta el domingo 10 de septiembre, de cero a veinticuatro horas.

Provincia de Jaén

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

b) En las carreteras N-322, N-323 y A-316:

– Todos los viernes, sábados, domingos, festivos y vísperas de festivos de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.

c) En las carreteras A-6177 y A-6178:

– Desde el viernes 28 de abril, a las cero horas, hasta el lunes 1 de mayo, a las veinticuatro horas.

Provincia de Málaga

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– El martes 28 de febrero, de quince a veinticuatro horas.

b) En las carreteras A-7, AP-7 y MA-20:

– Todos los días del año, de cero a veinticuatro horas.

c) En las carreteras A-45, AP-46, N-340, A-92, A-92M, MA-24, A-357, A-355, A-397 y A-356:

– Todos los viernes, sábados, domingos, festivos y vísperas de festivos, entre el sábado 10 de junio y el domingo 25 de junio, de cero a veinticuatro horas.

– Todos los días de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.

– Todos los viernes, sábados, domingos, festivos y vísperas de festivos, entre el sábado 2 y el domingo 10 de septiembre, de cero a veinticuatro horas.

Provincia de Sevilla

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– El martes 28 de febrero, de quince a veinticuatro horas.

b) En las carreteras AP-4, A-49, A-66, A-8083, SE-20 (entre los puntos kilométricos 0 al 9), SE-30 (Ronda de circunvalación entre los puntos kilométricos 0 al 22) y SE-31:

– Todos los días del año, de ocho a veinticuatro horas.

c) En las carreteras A-8057, A-8058 y A-471 (excepto enlace del punto kilométrico 25):

– Durante todo el año, desde las ocho horas de los viernes, hasta las veinticuatro horas de los domingos.

Comunidad Autónoma de Aragón

Provincia de Huesca

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– El lunes 24 de abril, de ocho a veinticuatro horas.

– Desde el viernes 21 de abril, a las quince horas, hasta el sábado 22 de abril, a las quince horas.

– Desde el miércoles 9 de agosto, a las quince horas, hasta el jueves 10 de agosto, a las veinticuatro horas.

Provincia de Teruel

a) En las carreteras de la Red de Carreteras del Estado, y en la A-228 (entre los puntos kilométricos 1 al 34), A-232 (entre los puntos kilométricos 1 al 18) y A-1512 (entre los puntos kilométricos 1 al 29):

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

b) En las carreteras de la Red de Carreteras del Estado:

– El lunes 24 de abril, de ocho a veinticuatro horas.

– Desde el viernes 7 de julio, a las quince horas, hasta el lunes 10 de julio, a las quince horas.

Provincia de Zaragoza

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– Desde el viernes 21 de abril, a las quince horas, hasta el sábado 22 de abril, a las quince horas.

– El lunes 24 de abril, de cero a veinticuatro horas.

– Desde el viernes 13 de octubre, a las quince horas, hasta el sábado 14, a las veinticuatro horas.

Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

a) En las autovías / autopista: A-8, A-63, A-64, A-66, AS-I, AS-II, O-11, O-12, O-14, AI-81, AI-82, GJ-81 y AP-66. Y en las carreteras convencionales: N-634 (conexión con A-63), AS-112 (entre los puntos kilométricos 15 y 43,1), AS-114, AS-116, AS-117 (entre los puntos kilométricos 0 y 20), AS-118, AS-15 (entre los puntos kilométricos 0 y 59), AS-16, AS-17, AS-238, AS-262, AS-390, AS-393, GJ-10, N-625, N-630 (entre los puntos kilométricos 67 y 87), N-632, N-632(a), N-633, N-634, N-640 y N-641:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– Desde el viernes 4 de agosto, a las cero horas, hasta el domingo 6 de agosto, a las veinticuatro horas.

– El viernes 8 de septiembre, de cero a veinticuatro horas.

Comunidad Autónoma de las Illes Balears

a) En ninguna carreteras de la Comunidad Autónoma:

– Se aplican las restricciones por fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

b) En todas las carreteras de la Comunidad Autónoma:

– Todos los domingos de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.

c) En todas las carreteras de la Isla de Mallorca:

– Desde el jueves 6 de abril, a las ocho horas, hasta el sábado 8 de abril, a las veinticuatro horas.

– El lunes 10 de abril, de cero a veinticuatro horas.

Comunidad Autónoma de Canarias

Provincia de Las Palmas

a) En ninguna carretera de la provincia:

– Se aplican las restricciones por fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

b) En todas las carreteras de la provincia:

– Desde el jueves 6 de abril, a las cero horas, hasta el domingo 9 de abril, a las veinticuatro horas.

– Todos los domingos de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.

Provincia de Santa Cruz de Tenerife

a) En ninguna carretera de la provincia:

– Se aplican las restricciones por fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

b) En todas las carreteras de la provincia:

– Desde el jueves 6 de abril, a las ocho horas, hasta el domingo 9 de abril, a las veinticuatro horas.

– Todos los domingos de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.

c) En todas las carreteras de la isla de Tenerife:

– El martes 30 de mayo, de cero a veinticuatro horas.

– Desde el lunes 14 de agosto, a las cero horas, hasta el martes 15 de agosto, a las veinticuatro horas.

– Desde el lunes 30 de octubre, a las cero horas, hasta el miércoles 1 de noviembre, a las veinticuatro horas.

d) En todas las carreteras de la isla de El Hierro:

– El sábado 1 de julio, de cero a veinticuatro horas.

– El sábado 5 de agosto, de cero a veinticuatro horas.

e) En todas las carreteras de la isla de La Palma:

– El domingo 2 de julio, de cero a veinticuatro horas.

– El jueves 3 de agosto, de cero a veinticuatro horas.

Comunidad Autónoma de Cantabria

a) En las autovías S-10, S-20, S-30, A-8 y A-67, y en las carreteras convencionales N-621, N-635, N-634, N-623, N-611 (del pk 157 al 200), CA-131, CA-132, CA-135, CA-137, CA-140, CA-141, CA-142, CA-143, CA-144,CA-145, CA-146, CA-147, CA-148, CA-150, CA-151, CA-170, CA-171, CA-180, CA-181, CA-183, CA-231, CA-232, CA-240 y CA-241:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– Desde el sábado 29 de abril, a las quince horas, hasta el lunes 1 de mayo, a las quince horas.

– Desde el sábado 12 de agosto, a las quince horas, hasta el domingo 13 de agosto, a las quince horas

– El sábado 2 de septiembre, de cero a veinticuatro horas.

b) En todas las carreteras de la comunidad autónoma:

– El viernes 28 de julio, de cero a veinticuatro horas.

– El viernes 15 de septiembre, de cero a veinticuatro horas.

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Provincia de Albacete

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– El lunes 20 de marzo, de quince a veinticuatro horas.

– El martes 2 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

– El miércoles 31 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

– El jueves 8 de junio, de cero a veinticuatro horas.

Provincia de Ciudad Real

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– El martes 2 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

– El miércoles 31 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

– El jueves 8 de junio, de cero a veinticuatro horas.

Provincia de Cuenca

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– El lunes 20 de marzo, de quince a veinticuatro horas.

– El martes 2 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

– El miércoles 31 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

– El jueves 8 de junio, de cero a veinticuatro horas.

Provincia de Guadalajara

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– El lunes 20 de marzo, de quince a veinticuatro horas.

– El martes 2 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

– El miércoles 31 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

– El jueves 8 de junio, de cero a veinticuatro horas.

Provincia de Toledo

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– El martes 2 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

– Desde el martes 30 de mayo, a las quince horas, hasta el miércoles 31 de mayo, a las veinticuatro horas.

– Desde el miércoles 7 de junio, a las quince horas, hasta el jueves 8 de junio, a las veinticuatro horas.

Comunidad de Castilla y León

Provincia de Ávila

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I, en horario comprendido desde las cero hasta las veinticuatro horas.

b) En todas las carreteras de la provincia:

– Desde el domingo 1 de enero, a las cero horas, hasta el lunes 2 de enero, a las veinticuatro horas.

– El domingo 30 de abril, de cero a veinticuatro horas.

– El martes 2 de mayo, de cero a veinticuatro horas.

– Desde el lunes 24 de julio, a las quince horas, hasta el martes 25 de julio, a las veinticuatro horas.

– El sábado 9 de diciembre, de cero a veinticuatro horas.

– Desde el viernes 22 de diciembre, a las quince horas, hasta el domingo 24 de diciembre, a las veinticuatro horas.

c) En la carretera N-6:

– Todos los sábados del año, de quince a veinticuatro horas.

– Todos los domingos del año, de quince a veinticuatro horas.

Provincia de Burgos

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– El lunes 20 de marzo, de quince a veinticuatro horas.

– El martes 2 de mayo, de ocho a veinticuatro horas.

– Desde el lunes 24 de julio, a las quince horas, hasta el martes 25 de julio, a las veinticuatro horas.

Provincia de León

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– El martes 2 de mayo, de ocho a veinticuatro horas.

– Desde el lunes 24 de julio, a las quince horas, hasta el martes 25 de julio, a las veinticuatro horas.

Provincia de Palencia

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– Desde el lunes 24 de julio, a las quince horas, hasta el martes 25 de julio, a las veinticuatro horas.

Provincia de Salamanca

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– El lunes 17 de abril, de quince a veinticuatro horas.

– Desde el lunes 24 de julio, a las quince horas, hasta el martes 25 de julio, a las veinticuatro horas.

Provincia de Segovia

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– El lunes 20 de marzo, de quince a veinticuatro horas.

– El martes 2 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

– El lunes 15 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

– Desde el lunes 24 de julio, a las quince horas, hasta el martes 25 de julio, a las veinticuatro horas.

b) En las carreteras N-603 y CL-601 (entre los puntos kilométricos 0 al 24,075) y SG-20:

– Todos los sábados del año, de quince a veinticuatro horas.

– Todos los domingos del año, de quince a veinticuatro horas.

c) En la carretera N-6:

– Todos los viernes y vísperas de festivo del año, de quince a veinticuatro horas.

– Todos los sábados del año, de ocho a veinticuatro horas.

– Todos los domingos y festivos del año, de quince a veinticuatro horas.

Provincia de Soria

a) En las carreteras A-2, A-11, A-15, N-111, N-122 Y N-234:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

b) En todas las carreteras de la provincia:

– El martes 2 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

– Todos los sábados y domingos, comprendidos entre el sábado 3 de junio y el domingo 18 de junio, de cero a veinticuatro horas.

– El jueves 29 de junio, de cero a veinticuatro horas.

– Desde el lunes 24 de julio, a las quince horas, hasta el martes 25 de julio, a las veinticuatro horas.

Provincia de Valladolid

a) En las autovías, carreteras nacionales y autonómicas:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

b) En todas las carreteras de la provincia:

– El martes 2 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

– Desde el lunes 24 de julio, a las quince horas, hasta el martes 25 de julio, a las veinticuatro horas.

Provincia de Zamora

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I, en horarios todas ellas de cero a veinticuatro horas.

b) En todas las carreteras de la provincia:

– Desde el sábado 1 de abril, a las quince horas, hasta el domingo día 2 de abril, a las quince horas.

– Desde el sábado 29 de abril, a las quince horas, hasta el lunes uno de mayo, a las quince horas.

– El lunes 29 de mayo, de cero a veinticuatro horas.

– El jueves 29 de junio, de cero a veinticuatro horas.

– Desde el sábado 1 de julio, a las 15 horas, hasta el domingo 2 de julio, a las quince horas.

– Desde el viernes 21 de julio, a las quince horas, hasta el martes 25 de julio, a las veinticuatro horas.

– Desde el sábado 29 de julio, a las quince horas, hasta el domingo 30 de julio, a las quince horas.

– Desde el sábado 12 de agosto, a las quince horas, hasta el domingo 13 de agosto, a las quince horas.

– El sábado 2 de septiembre, desde las ocho hasta las veinticuatro horas.

– Desde el viernes 13 de octubre, a las ocho horas, hasta el sábado 14 de octubre, a las veinticuatro horas.

– Desde el viernes 22 de diciembre, a las quince horas, hasta el domingo 24 de diciembre, a las veinticuatro horas.

– El domingo 31 de diciembre de cero a veinticuatro horas.

Comunidad Autónoma de Extremadura

Provincia de Badajoz

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

b) En las carreteras A-5 y A-66:

– El lunes 20 de marzo, de quince a veinticuatro horas.

– El martes 2 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

– El lunes 15 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

Provincia de Cáceres

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

b) En la carretera A-66:

– El lunes 20 de marzo, de quince a veinticuatro horas.

– El martes 2 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

– El lunes 15 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

Comunidad Autónoma de Galicia

Provincia de A Coruña

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– Desde el lunes 24 de julio, a las quince horas, hasta el martes 25 de julio, a las veinticuatro horas.

Provincia de Lugo

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

Provincia de Ourense

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

Provincia de Pontevedra

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

Comunidad de Madrid

a) En todas las carreteras de la comunidad autónoma:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– El lunes 20 de marzo, desde las ocho hasta las veinticuatro horas.

– El martes 2 de mayo, desde las ocho hasta las veinticuatro horas.

– Desde el viernes 12 de mayo, a las quince horas, hasta el sábado 13 de mayo, a las quince horas.

– El lunes 15 de mayo, desde las quince hasta las veinticuatro horas.

b) En las carreteras A-6 y M-607(entre los puntos kilométricos 0 al 36):

– Todos los días del año.

c) En las carreteras M-500 y M-501 (entre los puntos kilométricos 0 al 40):

– Todos los viernes o vísperas de festivos del año, de quince a veinticuatro horas, sentido salida de Madrid.

– Todos los sábados del año, de ocho a quince horas, sentido salida de Madrid.

– Todos los domingos o festivos del año, de quince a veinticuatro horas, sentido entrada a Madrid.

d) En las carreteras N-6, M-601, M-505 y M-501 (entre los puntos kilométricos 40 al 70):

–  Los mismos días y horas que el apartado c), en ambos sentidos.

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

a) En todas las carreteras de la comunidad autónoma:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– Desde el viernes 17 de marzo, a las quince horas, hasta el lunes 20 de marzo a las veinticuatro horas.

– Desde el sábado 1 de abril, a las quince horas, hasta el domingo 2 de abril a las quince horas.

– Desde el sábado 29 de abril, a las quince horas, hasta el lunes 1 de mayo a las quince horas.

– El martes 2 de mayo, desde las ocho hasta las veinticuatro horas.

– Desde el jueves 8 de junio, a las quince horas, hasta el domingo 11 de junio, a las veinticuatro horas.

– Desde el viernes 23 de junio hasta el domingo 10 de septiembre: todos los fines de semana desde el viernes, a las quince horas, hasta el domingo a las 24 horas, así como festivos y vísperas de festivos, de cero a veinticuatro horas.

– Desde el viernes 13 de octubre, a las cero horas, hasta el domingo 15 de octubre, a las ocho horas.

– Desde el viernes 8 de diciembre, a las quince horas, hasta el domingo 10 de diciembre, a las ocho horas.

b) En todas las carreteras de la Red de Carreteras del Estado y en las carreteras Autonómicas RM-1, RM-2, RM-3, RM-11, RM-12, RM-15, RM-19, RM-23, RM-332, RM-423 y RM-714:

– Desde el viernes 9 de junio hasta el domingo 25 de junio:

Todos los fines de semana desde el viernes, a las quince horas, hasta el domingo a las veinticuatro horas, así como festivos y vísperas de festivos, de cero a veinticuatro horas.

Comunidad Foral de Navarra

a) En todas las carreteras de la Red de Interés General y Red de Interés de la Comunidad Foral:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

b) En todas las carreteras de la comunidad foral:

– Desde el sábado 4 de marzo, a las cero horas, hasta el domingo 5 de marzo, a las quince horas.

– El sábado 11 de marzo, de cero a las veinticuatro horas.

– Desde el jueves 6 de julio, a las ocho horas, hasta el viernes 14 de julio, a las veinticuatro horas.

– El martes 25 de julio, de quince a veinticuatro horas.

– Desde el viernes 1 de diciembre, a las quince horas, hasta el lunes 4 de diciembre, a las veinticuatro horas.

c) En las carreteras NA-120(entre los puntos kilométricos 32 al 43), NA-2410(entre los puntos kilométricos 16 al 23), NA-7100 (entre los puntos kilométricos 0 al 7,11) y NA-7520 (entre los puntos kilométricos 7,11 al 9,03):

– El domingo 15 de octubre, de ocho a veinticuatro horas.

Comunidad Autónoma de La Rioja

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

b) En las carreteras de la Red de Carreteras del Estado:

– Todos los días, desde el jueves 8 de junio hasta el lunes 12 de junio, desde las ocho hasta las veinticuatro horas.

c) En la carretera N-111 [entre los puntos kilométricos 264 (intersección con antigua N-111) y 319 (intersección con antigua N-111)]:

– El domingo 18 de junio, de ocho a veinticuatro horas.

– Los domingos y festivos de los meses de julio y agosto, de ocho a veinticuatro horas.

d) En las carreteras A-12 y N-120:

– Los domingos y festivos de los meses de julio y agosto, de ocho a veinticuatro horas.

Comunidad Valenciana

Provincia de Alicante

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– Desde el viernes 17 de marzo, a las quince horas, hasta el domingo 19 de marzo, a las veinticuatro horas.

– El lunes 1 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

– Todos los sábados, domingos, festivos y vísperas de festivos, desde el domingo 11 de junio hasta el domingo 10 de septiembre, de cero a veinticuatro horas.

– Desde el sábado 7 de octubre, a las quince horas, hasta el lunes 9 de octubre, a las veinticuatro horas.

b) En la carretera N-332:

– Todos los días del año, de cero a veinticuatro horas.

c) En la carretera N-340 (entre los puntos kilométricos 678,7 al 735,7:

– De lunes a viernes de todo el año, excepto días festivos, de ocho a veinticuatro horas.

Provincia de Castellón

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– Desde el viernes 10 de marzo, a las quince horas, hasta el lunes 13 de marzo, a las veinticuatro horas.

– Desde el viernes 17 de marzo, a las quince horas, hasta el domingo 19 de marzo, a las veinticuatro horas.

– Desde el viernes 23 de junio, a las quince horas, hasta el domingo 25 de junio, a las veinticuatro horas.

– Desde el jueves 13 de julio, a las quince horas, hasta el domingo 16 de julio, a las veinticuatro horas.

– Todos los sábados, domingos, festivos y vísperas de festivos, de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.

– Desde el viernes 6 de octubre, a las quince horas, hasta el lunes 9 de octubre, a las veinticuatro horas.

b) En las carreteras A-23, A-7, CV-10 (entre los puntos kilométricos 0 y 42), N-232 y N-340:

– Todos los domingos del año, de quince a veinticuatro horas.

– Todos los días de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.

Provincia de Valencia

a) En todas las carreteras de la provincia:

– Las fechas que figuran en el apartado 2.º de este anexo I.

– Desde el viernes 17 de marzo, a las quince horas, hasta el domingo 19 de marzo, a las veinticuatro horas.

– El lunes 1 de mayo, de ocho a veinticuatro horas.

– El martes 2 de mayo, de ocho a veinticuatro horas.

– Desde el viernes 23 de junio, a las cero horas, hasta el domingo 25 de junio, a las veinticuatro horas.

– Todos los sábados, domingos y festivos de los meses de julio y agosto, desde las cero hasta las veinticuatro horas.

– El sábado 2 de septiembre, de ocho a veinticuatro horas.

– El viernes 6 de octubre, de ocho a veinticuatro horas.

– El lunes 9 de octubre, de ocho a veinticuatro horas.

– Desde el miércoles 11 de octubre, a las ocho horas, hasta el jueves 12 de octubre, a las veinticuatro horas.

– Desde el viernes 24 de noviembre, a las cero horas, hasta el domingo 26 de noviembre, a las veinticuatro horas.

b) En la carretera N-332:

– Todos los días del año, de cero a veinticuatro horas.

c) En la carretera CV-500:

– Todos los sábados y domingos del mes de mayo, de cero a veinticuatro horas.

– Todos los días de los meses de junio, julio, agosto y septiembre, de cero a veinticuatro horas.

d) En las carreteras CV-50 (entre los puntos kilométricos 0 y 22), CV-60, CV-605 y CV-670:

– Todos los sábados, domingos y festivos de los meses de julio y agosto, de cero a veinticuatro horas.

Apartado 2.º Fechas restringidas aplicables a las carreteras relacionadas en el subapartado a) de cada una de las Comunidades Autónomas y provincias citadas en el anterior Apartado 1.º de este anexo I:

– Desde el viernes 31 de marzo, a las quince horas, hasta el sábado 1 de abril, a las quince horas.

– El domingo 2 de abril, de quince a veinticuatro horas.

– Desde el miércoles 5 de abril, a las quince horas, hasta el lunes 10 de abril, a las veinticuatro horas.

– Desde el viernes 28 de abril, a las quince horas, hasta el sábado 29 de abril, a las quince horas.

– El lunes 1 de mayo, de quince a veinticuatro horas.

– Desde el viernes 30 de junio, a las quince horas, hasta el sábado 1 de julio, a las quince horas.

– El domingo 2 de julio, desde las quince hasta las veinticuatro horas.

– Desde el viernes 28 de julio, a las quince horas, hasta el sábado 29 de julio, a las quince horas.

– Desde el domingo 30 de julio, a las quince horas, hasta el martes 1 de agosto, a las veinticuatro horas.

– Desde el viernes 11 de agosto, a las quince horas, hasta el sábado 12 de agosto, a las quince horas.

– Desde el domingo 13 de agosto, a las quince horas, hasta el martes 15 de agosto, a las veinticuatro horas.

– Desde el jueves 31 de agosto, a las ocho horas, hasta el viernes 1 de septiembre, a las veinticuatro horas.

– El domingo 3 de septiembre, desde las ocho hasta las veinticuatro horas.

– Desde el miércoles 11 de octubre, a las quince horas, hasta el jueves 12 de octubre, a las veinticuatro horas.

– El domingo 15 de octubre, desde las ocho hasta las veinticuatro horas

– El miércoles 1 de noviembre, desde las ocho hasta las veinticuatro horas.

– Desde el martes 5 de diciembre, a las quince horas, hasta el miércoles 6 de diciembre, a las veinticuatro horas.

– Desde el jueves 7 de diciembre, a las quince horas, hasta el viernes 8 de diciembre, a las veinticuatro horas.

– El domingo 10 de diciembre, desde las ocho hasta las veinticuatro horas.

– El lunes 25 de diciembre, de ocho a veinticuatro horas.

Quedan exceptuadas de las restricciones anteriores, las carreteras de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

← Disposición final única Índice