Legislación › Real Decreto 792/2023, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre, de lucha contra el dopaje en el deporte.
Artículo 8. Criterios para la concesión de AUT.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de noviembre de 2023 y la del 2 de enero de 2025.
Tachado: lo que se quitó (19 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 8. Criterios para la concesión de AUTs. AUT.
El CAUT aplicará, para la concesión de las AUTs AUT solicitadas, los criterios de evaluación contenidos en el anexo II de la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte y en el presente reglamento. ISTUE vigente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de enero de 2025 En vigor | BOE-A-2024-26924 | Leer | Qué cambió |
| 14 de noviembre de 2023 | Texto original | Leer |


