LexTotal

Legislación › Ley 9/2023, de 28 de septiembre, de Memoria Histórica y Democrática de Euskadi.

Artículo 13. Colaboración con la justicia internacional.

Artículo 13. Colaboración con la justicia internacional.

Las administraciones públicas del País Vasco colaborarán de forma efectiva con todas aquellas causas judiciales en las que se investiguen crímenes cometidos por la dictadura franquista y la transición, de acuerdo con todos los tratados surgidos en el derecho internacional de derechos humanos.

← Artículo 12 Índice Artículo 14 →