Legislación › Ley 9/2023, de 28 de septiembre, de Memoria Histórica y Democrática de Euskadi.
Artículo 41. Participación de las entidades de memoria histórica de Euskadi.
Artículo 41. Participación de las entidades de memoria histórica de Euskadi.
1. Se crea la Comisión Asesora de Entidades de Memoria Histórica de Euskadi, adscrita a Gogora, como órgano colegiado consultivo y de participación de las entidades memorialistas que operen en Euskadi.
2. El régimen de funcionamiento, la composición y las funciones básicas de la comisión se establecerán reglamentariamente por el departamento del Gobierno Vasco competente en materia de memoria histórica.


