LexTotal

Legislación › Real Decreto

Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.

En vigor Ministerio de Hacienda y Función Pública · Publicada el 6 de diciembre de 2023 · Último cambio el 3 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Artículo único. Aprobación del Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.
  3. Disposición adicional primera. Contenido de los registros de facturación en caso de autorización.
  4. Disposición adicional segunda. Agencias de viajes.
  5. Disposición adicional tercera. Integración de los registros de facturación en los libros registro.
  6. Disposición final primera. Modificación del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
  7. Disposición final segunda. Título competencial.
  8. Disposición final tercera. Desarrollo del Reglamento incluido en este real decreto.
  9. Disposición final cuarta. Entrada en vigor y efectos. 3 redacciones · cambió el 03/12/2025
  10. [firma]
  11. REGLAMENTO
  12. CAPÍTULO I
  13. Artículo 1. Objeto y ámbito territorial.
  14. Artículo 2. Régimen jurídico.
  15. Artículo 3. Ámbito subjetivo.
  16. Artículo 4. Ámbito objetivo. 2 redacciones · cambió el 02/04/2025
  17. Artículo 5. Solicitud de no aplicación.
  18. Artículo 6. Delegación del cumplimiento. 2 redacciones · cambió el 02/04/2025
  19. CAPÍTULO II
  20. Sección 1
  21. Artículo 7. Recursos informáticos necesarios para cumplir las obligaciones establecidas en este Reglamento.
  22. Artículo 8. Requisitos de los sistemas informáticos de facturación.
  23. Sección 2
  24. Artículo 9. Generación del registro de facturación de alta.
  25. Artículo 10. Contenido del registro de facturación de alta.
  26. Artículo 11. Generación y contenido del registro de facturación de anulación.
  27. Artículo 12. Huella o «hash» y firma electrónica de los registros de facturación.
  28. Sección 3
  29. Artículo 13. Declaración responsable de los sistemas informáticos.
  30. Sección 4
  31. Artículo 14. Verificación del cumplimiento de la obligación por parte de la Administración tributaria.
  32. CAPÍTULO III
  33. Artículo 15. Posibilidad de remisión de los registros de facturación generados a la Administración tributaria.
  34. Artículo 16. Sistema de emisión de facturas verificables.
  35. CAPÍTULO IV
  36. Artículo 17. Posibilidad de remisión de información por parte del receptor de la factura.