Legislación › Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Artículo 14. Ministerio de Cultura.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de diciembre de 2023 y la del 27 de marzo de 2024.
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Artículo 14. Ministerio de Cultura.
1. El Ministerio de Cultura se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Cultura, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura.
2.º La Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación. Derechos Culturales.
3.º La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.
B) La Subsecretaría de Cultura, de la que depende la Secretaría General Técnica.
2. Queda suprimida Quedan suprimidas la Secretaría General de Cultura y Deporte. Deporte y la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de noviembre de 2025 En vigor | BOE-A-2025-22948 | Leer | Qué cambió |
| 27 de marzo de 2024 | BOE-A-2024-6087 | Leer | Qué cambió |
| 7 de diciembre de 2023 | Texto original | Leer |


