LexTotal

Legislación › Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Artículo 17. Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de diciembre de 2023 y la del 29 de febrero de 2024. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 17. Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
1. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Derechos Sociales y Agenda 2030, Sociales, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Derechos de las Personas con Discapacidad.
2.º La Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales.
3.º La Dirección General de Derechos de los Animales.
B) La Secretaría General de Consumo y Juego, de la que dependen:
1.º La Dirección General de Consumo.
2.º La Dirección General de Ordenación del Juego.
C) La Subsecretaría de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, de la que depende la Secretaría General Técnica.
D) La Dirección General de Agenda 2030, adscrita directamente a la persona titular del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
2. Queda suprimida la Dirección General de Políticas Palanca para el Cumplimiento de la Agenda 2030.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de febrero de 2024 En vigor BOE-A-2024-3795 Leer Qué cambió
7 de diciembre de 2023 Texto original Leer

← Artículo 16 Índice Artículo 18 →