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Legislación › Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Artículo 2. Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

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Artículo 2. Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
a) La Dirección General para el Servicio Público de Justicia.
b) La Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia.
c) La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.
2.º La Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Derechos Humanos. Internacional.
B) La Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes y Asuntos Constitucionales, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Relaciones con las Cortes.
2.º La Dirección General de Asuntos Constitucionales y Coordinación Jurídica.
C) La Subsecretaría de la Presidencia, Justicia y relaciones Relaciones con las Cortes, de la que dependen:
1.º La Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno, con rango de Dirección General.
2.º La Dirección General de Servicios.
3.º La Dirección General de Libertad Religiosa.

D) La Abogacía General del Estado, con rango de Subsecretaría, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de lo Consultivo.
2.º La Dirección General de lo Contencioso.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de octubre de 2025 En vigor BOE-A-2025-21217 Leer Qué cambió
28 de febrero de 2024 BOE-A-2024-3790 Leer Qué cambió
7 de diciembre de 2023 Texto original Leer

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