Legislación › Orden TED/1416/2023, de 26 de diciembre, por la que se aprueba la propuesta para la inclusión de seis espacios marinos protegidos en la lista de lugares de importancia comunitaria de la Red Natura 2000 y se declaran dos zonas de especial protección para las aves en aguas marinas españolas.
Artículo 5. Modificación de las delimitaciones de los espacios Red Natura 2000.
Artículo 5. Modificación de las delimitaciones de los espacios Red Natura 2000.
1. Los límites de las ZEPA indicadas a continuación declaradas por la Orden AAA/1260/2014, de 9 de julio, por la que se declaran Zonas de Especial Protección para las Aves en aguas marinas españolas, se fusionan con las ZEPA declaradas por esta orden y, en consecuencia, se suprimen:
a) Las ZEPA ES0000494 Espacio marino de Cabo Peñas, ES0000495 Espacio marino de Punta de Candelaria-Ría de Ortigueira-Estaca de Bares, ES0000496 Espacio marino de la Costa de Ferrolterra-Valdoviño, ES0000497 Espacio marino de la Costa da Morte y ES0000499 Espacio marino de las Rías Baixas de Galicia, que quedan integradas en la nueva ZEPA Corredor galaico-cantábrico occidental, pasando a ser un único espacio protegido bajo el código ES0000554.
b) La ZEPA ES0000502 Espacio marino de la Bahía de Cádiz, que queda fusionada con el nuevo espacio propuesto como LIC y declarado como ZEPA ESZZ12004 Estrecho occidental.
2. La ZEPA ES0000513 Espacio marino del Baix Llobregat, declarada por la Orden AAA/1260/2014, de 9 de julio, se amplía hasta la línea de costa frente al municipio Ca l’Arana.


