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Legislación › Ley 6/2022, de 27 de diciembre, de cambio climático y transición energética de Canarias.

Artículo 68. Promoción de investigación, desarrollo e innovación y competitividad.

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Artículo 68. Salud y servicios sociales.
1. Las medidas que adopten las administraciones públicas de Canarias y los entes de sus respectivos sectores públicos en materia de salud pública deberán tener como objetivo la disminución de la vulnerabilidad de la población a los efectos del cambio climático y, en particular, incluirán:
a) La identificación y evaluación
Promoción de los riesgos investigación, desarrollo e innovación y de la vulnerabilidad de la población a los efectos del cambio climático. competitividad.
b) La identificación de los impactos previsibles del cambio climático en la salud de la población a la luz de las vulnerabilidades y de su capacidad de adaptación, mediante análisis de las principales opciones adaptativas.
c) El fortalecimiento de las intervenciones de salud pública existentes en materia de prevención y protección de la salud y que se irán adaptando a los efectos del impacto del cambio climático: sistemas de vigilancia de las enfermedades transmisibles, vigilancia de la calidad del agua y del aire, vigilancia entomológica, seguridad alimentaria y sistemas de alerta temprana –olas de calor y los episodios
Oficina Canaria de intrusiones saharianas– respaldadas por una financiación e infraestructuras adecuadas para asegurar que Acción Climática promoverá el sector salud esté preparado para reaccionar a los desafíos del cambio climático.
d) El establecimiento
desarrollo de un sistema de información que permita evaluar las consecuencias del cambio climático sobre la salud.
e) El fortalecimiento de
integrado por todos los sistemas de salud pública y mejora de su capacidad actores de respuesta ante el impacto Canarias de los efectos I+D+i+C en la salud del materia de cambio climático que impulse y evitar coordine la saturación de los servicios captación de salud.
f) El aumento
todo tipo de la información, concienciación y participación ciudadana en las actividades relacionadas con el cambio climático y las implicaciones recursos para la salud humana.
2. Los departamentos del Gobierno de Canarias responsables
consolidar en materia de salud y de derechos sociales deben elaborar y aprobar planes especiales de protección de la población ante los efectos del cambio climático recomendados por Canarias nuevos sectores económicos dirigidos hacia la Organización Mundial diversificación de la Salud en sus informes periódicos. su economía.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de junio de 2024 En vigor BOE-A-2024-23635 Leer Qué cambió
31 de marzo de 2023 Texto original Leer

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