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Legislación › Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana.

Artículo 31. Objetivos de la prevención de residuos.

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Artículo 31. Objetivos de la prevención de residuos.
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 17.1 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, esta ley establece como objetivo mínimo a conseguir en la Comunitat Valenciana en términos de reducción en peso de los residuos generados, con arreglo al siguiente calendario:
a) El 2025, un 13% respecto a los generados en 2010.
b) El 2030, un 15% respecto a los generados en 2010.
2. El Programa de prevención de residuos de la Comunitat Valenciana, incluido en el Plan integral de residuos de la Comunitat Valenciana:
a) Puede establecer objetivos de prevención de residuos más exigentes que los establecidos en el apartado 1 de este artículo.
b) Puede incluir objetivos específicos de prevención y/o reutilización para determinados productos, en especial para los aparatos eléctricos y electrónicos, pilas y acumuladores, textiles y muebles, envases y materiales y productos de construcción, de acuerdo con las particularidades y las necesidades de la Comunitat Valenciana, y en todo caso, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 17.2 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
(Suprimido)
3. Los objetivos generales y específicos de prevención de residuos o reutilización de productos establecidos en esta ley y en el Programa de prevención de residuos de la Comunitat Valenciana serán vinculantes para todos los agentes públicos y privados, así como para los instrumentos de planificación de prevención y gestión de residuos de ámbito territorial inferior al ámbito autonómico. (Suprimido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de agosto de 2026 En vigor BOE-A-2026-19331 Leer Qué cambió
21 de diciembre de 2022 Texto original Leer

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