Legislación › Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana.
Artículo 35. Film no envase y embalajes no reutilizables y difícilmente o no reciclables.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de diciembre de 2022 y la del 1 de enero de 2024.
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Artículo 35. Film no envase y embalajes no reutilizables y difícilmente o no reciclables.
1. Queda prohibido en la Comunitat Valenciana el etiquetado de bolsas de plástico y film que legalmente no estén considerados como envases por la normativa básica estatal, así como de embalajes legalmente considerados envases pero que no sean reciclables por las tecnologías disponibles, que contengan la expresión «envases», «envase» o similar, en tanto estos materiales no estén adheridos a los sistemas de responsabilidad ampliada del productor o los sistemas integrados de gestión.
2. En relación con a la comercialización de paquetes de latas de bebidas o botellas de bebidas mediante envases secundarios, se permite estará a lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una o varias economía circular y su real decreto de desarrollo. A este respecto, y en aplicación de lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, la Generalitat Valenciana podrá aplicar sistemas de incentivo fiscal autonómicos a los fabricantes y productores implantados en la Comunitat Valenciana, según las siguientes alternativas: especificaciones:
a) Los Para los envases secundarios de plástico film deben contener que contengan al menos un 50 % de plástico reciclado y no fragmentable, según la norma UE-EN UNE-EN 15343:2008, a partir del 1 de enero de 2023. El porcentaje anterior se tendrá que aumentar al 2024, debiendo ser del 70 % a partir del 1 de enero del de 2025.
b) Los Para los envases secundarios de plástico film deben contener que contengan al menos un 50 % de plástico de origen biológico, certificado mediante la norma UNE-CEN/TS 16137:2012, a partir del 1 de enero de 2023. El porcentaje anterior se debe aumentar al 2024, debiendo ser del 70 % a partir del 1 de enero de 2025.
c) Los Para los envases secundarios de plástico film deberán contener que contengan al menos un 50 % de materias primas renovables, bioplásticos, bioplásticos o materiales provenientes del reciclaje químico de plásticos, certificado mediante un esquema de certificación basado en la trazabilidad y el balance de masas como la certificación ISCC Plus u otras relacionadas, a partir del 1 de enero de 2023. El porcentaje anterior se debe aumentar al 2024, debiendo ser del 70 % a partir del 1 de enero de 2025.
3. En relación con a la comercialización de envases mediante anillas de plástico, y al objeto de avanzar en lo previsto en el artículo 55.4 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, se deben eliminar fomentará su eliminación o sustituir gradualmente sustitución gradual por otros tipos de elementos, como por ejemplo las anillas de cartón u otros envases secundarios como los relacionados en este artículo, según la siguiente modulación: elementos:
a) Antes del 31 de diciembre de 2023, se deben 2024, eliminar o sustituir el 50 % de las anillas de plástico que se pongan al en el mercado en la Comunitat Valenciana.
b) Antes del 31 de diciembre de 2024, se deben 2025, eliminar o sustituir el 70 % de las anillas de plástico que se pongan al en el mercado en la Comunitat Valenciana.
c) Antes del 31 de diciembre de 2025, se deben 2026, eliminar o sustituir el 100 90 % de las anillas de plástico que se pongan al en el mercado en la Comunitat Valenciana.
4. A partir del 1 de enero de 2024 queda prohibido en Asimismo, se fomentará la Comunitat Valenciana el eliminación gradual del embalaje de comidas cocinadas mediante envases:
a) Que que no sean reutilizables,
b) Que que no sean compostables según la norma UNE EN 13.432: 2000, o 2000.
c) Que que no sean de aluminio, cartón, madera o de cualquier otro material fácilmente reciclable, tanto en el envase del alimento como en el film de recubrimiento, en caso de tenerlo.
En caso de tratarse de recipientes desechables, deben deberán estar adheridos a un sistema de responsabilidad ampliada del productor o un sistema integrado de gestión de acuerdo con la normativa básica estatal.
La conselleria competente en materia de residuos, en uso del mejor conocimiento disponible, establecerá y publicará periódicamente una relación de materiales considerados fácilmente reciclables, que se actualizará teniendo en cuenta la evolución del mercado y de las técnicas disponibles de separación, clasificación y reciclaje de materiales.
5. En la Comunitat Valenciana, a partir del 1 de enero de 2024, es obligatorio etiquetar de manera adecuada y visible los envases y embalajes mixtos de plástico y cartón para productos no alimentarios, de tal manera que las personas consumidoras tengan información accesible en el propio envase o embalaje sobre los mecanismos de separación de los diferentes materiales que lo configuran. establecimientos de hostelería, restauración y cáterin,
Esta obligación podrá suplirse en caso de que el sistema integrado de gestión de residuos de envases y embalajes de que se trate garantice que no afectan negativamente a los porcentajes de rechazo a vertedero del sistema, velando por el reciclaje real y efectivo de los materiales que contienen, a lo largo de la cadena de valor.
6. En losno se puede hacer procurará evitar el uso de productos alimentarios en envases monodosis que no sean como mínimo reciclables, a excepción de aquellas restricciones establecidas por el Real decreto 895/2013, ni 895/2013. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 56.a de la Ley 7/2022, de 8 de abril, no se proporcionarán utensilios desechables para el consumo de alimentos y bebidas en el mismo local, a excepción de los consumibles de celulosa y los fabricados en plástico biodegradable y compostable de acuerdo con la norma UNE EN 13432:2000. celulosa.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2024 En vigor | BOE-A-2024-2666 | Leer | Qué cambió |
| 21 de diciembre de 2022 | Texto original | Leer |


