Legislación › Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana.
Artículo 60. Facultades de la Agencia Valenciana de Residuos y Economía Circular para la obtención de información relativa a la responsabilidad ampliada del productor.
Artículo 60. Facultades de la Agencia Valenciana de Residuos y Economía Circular para la obtención de información relativa a la responsabilidad ampliada del productor.
La Agencia Valenciana de Residuos y Economía Circular está facultada para desarrollar los procedimientos necesarios para obtener, a través de las fuentes de información de ámbito estatal o bien directamente de los productores o de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor, los datos e información necesarios para el control eficiente de las obligaciones y el cumplimiento de objetivos en materia de residuos vinculados a los sistemas de responsabilidad ampliada del productor.


