LexTotal

Legislación › Ley 6/2022, de 5 de diciembre, del Cambio Climático y la Transición Ecológica de la Comunitat Valenciana.

Artículo 111. Pago y domiciliación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2024 y la del 24 de diciembre de 2024. Tachado: lo que se quitó (236 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 111. Pago y domiciliación.
1. La exacción de las deudas notificadas colectivamente se tiene que hacer por medio de un recibo. El plazo de ingreso en periodo voluntario de estas deudas comprende del 15 de noviembre al 20 de diciembre o el hábil inmediato posterior. El pago para la notificación individual se tendrá que efectuar de acuerdo con los plazos establecidos en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.
2. Una vez notificada el alta en el padrón provisional, los contribuyentes que desean domiciliar el pago de la deuda deben optar por ello mediante una comunicación dirigida al responsable del departamento de gestión tributaria. La domiciliación debe solicitarse en el plazo de dos meses, a contar desde la finalización del período de exposición del padrón provisional al que se refiere el artículo 110.4, y se incluye en el padrón definitivo. Las solicitudes presentadas con posterioridad a esta fecha tienen efectos para los ejercicios siguientes.
3. La domiciliación del pago de los ejercicios futuros también puede solicitarse en el momento de efectuar el ingreso de la deuda en las entidades financieras colaboradoras. En el supuesto de la liquidación correspondiente al alta en el padrón, esta domiciliación queda condicionada al hecho de que el sujeto pasivo opte, cuando no esté obligado a ello con carácter general, por recibir las notificaciones de la Agencia Tributaria Valenciana por medios electrónicos y mantenga esta opción hasta la fecha de notificación de aquella liquidación.
(Suprimido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de diciembre de 2024 En vigor BOE-A-2024-90263 Leer Qué cambió
1 de enero de 2024 BOE-A-2024-2666 Leer Qué cambió
1 de enero de 2025 Texto original Leer

← Artículo 110 Índice Artículo 112 →