Legislación › Ley 6/2022, de 5 de diciembre, del Cambio Climático y la Transición Ecológica de la Comunitat Valenciana.
Artículo 122. Determinación de la base liquidable.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2025 y la del 24 de diciembre de 2024.
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Artículo 122. Determinación de la base liquidable.
La base liquidable se obtendrá aplicando a las cantidades de gases de efecto invernadero (CO2 i CH4) emitidas a la atmósfera por una misma instalación contaminante, durante el periodo impositivo correspondiente, que constituyen la base imponible las siguientes reducciones de CO2-eq: 1 kilotonelada/año. (Suprimido)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de diciembre de 2024 En vigor | BOE-A-2024-90263 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2025 | Texto original | Leer |


