Legislación › Ley 7/2022, de 16 de diciembre, de medidas fiscales para impulsar el turismo sostenible.
Artículo 19. Revisión en vía administrativa.
Artículo 19. Revisión en vía administrativa.
Contra los actos administrativos que se dicten por razón de la aplicación de este impuesto o de la imposición de sanciones, podrá interponerse, con carácter potestativo, un recurso de reposición o, directamente, una reclamación económico-administrativa ante el Jurado Económico-Administrativo, de acuerdo con lo establecido en la Ley general tributaria.


