Legislación › Ley 6/2022, de 1 de diciembre, de creación del Colegio Profesional de Ópticos-Optometristas de Aragón.
Artículo 6. Relaciones con la Administración.
Artículo 6. Relaciones con la Administración.
En sus aspectos institucionales y corporativos, el Colegio Profesional de Ópticos-Optometristas de Aragón se relacionará con la Administración de la comunidad autónoma a través del departamento que tenga atribuidas las competencias sobre el régimen jurídico de los colegios profesionales y, en los aspectos relativos a los contenidos propios de su profesión, con el departamento competente en materia sanitaria.


