LexTotal

Legislación › Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023.

II. Prevención de los incumplimientos. El fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude

II. Prevención de los incumplimientos. El fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude

1. Censo.

El censo es la base de la información de la Agencia Tributaria para la asistencia, la prevención y el control tanto intensivo como extensivo. El gran número de sociedades constituidas en España hace preciso que la Agencia Tributaria diseñe los sistemas de control del censo de forma que el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales se realice de un modo adecuado.

En este sentido, durante 2023 se trabajará en la depuración del censo de entidades no mercantiles con el objeto de dar de baja, en su caso, aquellas entidades que no cumplan los requisitos para estar efectivamente dadas de alta. Asimismo, está prevista la continuación de otras medidas de mejora como la realización de un control temprano a través de un mapa de riesgos de carácter preventivo que permita detectar situaciones de riesgo censal a la entrada en el censo de nuevos contribuyentes, en particular posibles incursiones de entidades controladas de manera efectiva por contribuyentes con conductas tributarias reprochables en el pasado, sobre los que se pretende realizar un seguimiento para prevenir posibles incumplimientos tributarios futuros, o como el desarrollo de actuaciones de rectificación censal a través del Plan de Rectificación Censal Integral permanente.

Ya en ejercicios anteriores se han llevado a cabo de forma centralizada, a través de la Administración de asistencia Digital Integral, las campañas de adscripción y desadscripción a las Unidades de Gestión de Grandes Empresas. El buen resultado conseguido aconseja continuar en el ejercicio 2023 con estas campañas a nivel nacional.

2. Cumplimiento de presentación de autoliquidaciones y declaraciones informativas.

Las actuaciones de depuración del censo permitirán que las acciones de control sobre el cumplimiento de la presentación de autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria se dirijan sobre aquellos contribuyentes activos que no hayan cumplido sus obligaciones tributarias, posibilitando una detección más precisa de los incumplimientos y una utilización más eficiente de los recursos de que dispone la Agencia Tributaria.

El Suministro Inmediato de Información es una herramienta de obtención de información fundamental en la gestión y control del IVA, de ahí la importancia de que los contribuyentes obligados transmitan la información puntualmente y cumpliendo los estándares establecidos.

Por ello, durante el 2023 se van a realizar actuaciones administrativas tendentes a verificar el correcto cumplimiento por parte de los contribuyentes de su deber de remitir puntualmente la información y que ésta sea completa y correcta.

3. Calidad de la información.

En el ámbito internacional, destaca la transparencia en la información y la consolidación de todos los intercambios de información impulsados en la Unión Europea y en el ámbito de la OCDE. Toda esta información se ha ido completando, en los últimos años, con otras fuentes muy relevantes, como la información de cuentas financieras obtenida por la aplicación del Acuerdo entre el Reino de España y los Estados Unidos de América para la mejora del cumplimiento fiscal internacional con la implementación de la Foreign Account Tax Compliance Act-FATCA del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático de información de cuentas financieras (CRS) o, en el ámbito de la Unión Europea, la intercambiada al amparo de la Directiva 2014/107/UE del Consejo, de 9 de diciembre de 2014 (conocida como DAC 2), relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad directa.

La Agencia Tributaria continuará desarrollando actuaciones con las instituciones financieras tendentes al correcto cumplimiento y control por parte de las mismas de la diligencia debida que establece el CRS.

En el año 2022 el Foro Global ha completado su evaluación inicial, asignando las correspondientes calificaciones relativas a la efectividad en la práctica de la implementación del estándar de intercambio automático de información sobre cuentas financieras (CRS) en relación con las primeras 100 jurisdicciones que comenzaron a intercambiar en 2017 o en 2018 (actualmente ascienden a 110). Esta evaluación continuará realizándose en períodos posteriores de manera que se mantenga y continúe mejorando la calidad de la información sobre cuentas financieras con el objetivo final de lograr una información completa y veraz.

4. Prevención en materia de Aduanas e Impuestos Especiales.

Durante el año 2023, se continuará trabajando en la mejora de la coordinación con el resto de autoridades afectadas en las operaciones de comercio exterior y se potenciará la incorporación de nuevos certificados paraduaneros al sistema anticipando el control y reduciendo en gran parte los costes del despacho de mercancías.

Adicionalmente a estos controles, las operaciones de comercio exterior pueden estar sujetas a restricciones en virtud de los regímenes de sanciones internacionales vigentes en la Unión Europea, por lo que se utilizarán técnicas de análisis de riesgos para identificar operaciones que estén afectadas por los regímenes de sanciones europeos, tanto en relación con las mercancías importadas o exportadas como respecto a las sanciones individuales que pudieran resultar aplicables a importadores o exportadores.

Durante el año 2023 continuará la mejora del sistema de análisis de riesgos a fin de concentrar los controles en recinto en las operaciones más sospechosas o de más difícil control a posteriori. En particular, se prestará especial atención a las empresas que comiencen su actividad importadora, incluyendo en su caso labores de información con el objeto de garantizar el cumplimiento voluntario.

Se continuarán reforzando las actuaciones de control de la importación y exportación de mercancías sujetas a controles adicionales, cuando no a prohibiciones específicas y se seguirán controlando las declaraciones aduaneras y los elementos de las mismas con incidencia directa en la liquidación de los tributos asociados a la introducción de las mercancías en el territorio aduanero de la Unión.

También en el ámbito preventivo, la Intervención de Impuestos Especiales controlará de forma específica los movimientos y existencias de productos en fábricas, depósitos fiscales y almacenes fiscales, en relación con los Impuestos Especiales de Fabricación.

Con idéntico objetivo de prevención del fraude, la nueva regulación del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero ha previsto controles reforzados en el acceso a la condición de almacenista y el seguimiento de su actividad una vez autorizados.

5. Fomento de la educación cívico-tributaria.

La Agencia Tributaria considera que uno de los puntos de partida en la lucha contra el fraude ha de ser la educación cívico-tributaria, en el convencimiento de que puede servir para incidir en el comportamiento tributario de los futuros contribuyentes. Por ello, se pretende avanzar en el desarrollo de acciones en el ámbito educativo que fomenten un mejor entendimiento de la necesidad de que toda la sociedad contribuya al sostenimiento del bien común.

En 2023 se pretende extender la educación cívico-tributaria a los diversos colectivos de la sociedad española, con materiales formativos encapsulados de autoaprendizaje, específicos para cada colectivo, y más enfocados a las necesidades reales de los mismos.

Índice