LexTotal

Legislación › Orden APA/201/2023, de 26 de febrero, por la que se establece un plan de gestión para la pesca de la langosta («palinurus spp») en las aguas exteriores adyacentes a las Illes Balears.

Disposición final segunda. Coordinación administrativa sobre medidas de mitigación de capturas accidentales.

Disposición final segunda. Coordinación administrativa sobre medidas de mitigación de capturas accidentales.

La Secretaría General de Pesca del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en coordinación con los institutos científicos españoles y el Gobierno Balear, dentro del ámbito competencial y de las especificidades de cada uno de ellos, podrá poner en marcha un mecanismo de seguimiento que analice la interacción del trasmallo para langosta con la tortuga y el delfín mular.

Si de dicho seguimiento se dedujese que existe un problema significativo de capturas accidentales de especies protegidas, la Secretaría General de Pesca del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en coordinación con el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el Gobierno de las Illes Balears, podrá proponer medidas adecuadas para limitar en lo posible la captura y mortalidad de las citadas especies.

← Disposición final primera Índice Disposición final tercera →