Legislación › Ley 1/2023, de 16 de febrero, por la que se regula la atención temprana en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 42. Graduación de las sanciones.
Artículo 42. Graduación de las sanciones.
Las sanciones se gradúan en grado mínimo, medio o máximo atendiendo a los siguientes criterios:
a) Gravedad de la infracción.
b) Gravedad de los perjuicios causados.
c) Riesgo para la salud o la seguridad de las personas.
d) Número de personas o entidades afectadas.
e) Beneficio obtenido.
f) Grado de intencionalidad y reiteración.
g) Reincidencia, por comisión en el plazo de un año de más de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa.


