Legislación › Ley 9/2019, de 11 de diciembre, de medidas de garantía del abastecimiento en episodios de sequía y en situaciones de riesgo sanitario.
Artículo 20. Régimen de ejecución y financiación de obras e infraestructuras hidráulicas.
Artículo 20. Régimen de ejecución y financiación de obras e infraestructuras hidráulicas.
Las obras e infraestructuras hidráulicas en materia de abastecimiento cuya ejecución se acuerde en el marco de la presente ley como medida para garantizar el suministro de agua apta para el consumo humano en situaciones de riesgo sanitario o para mitigar los efectos derivados de un episodio de sequía podrán ser promovidas, financiadas y ejecutadas por las entidades locales o la entidad pública empresarial Augas de Galicia, en los términos previstos en el presente capítulo y en la restante normativa de aplicación.


