Legislación › Ley 9/2019, de 11 de diciembre, de medidas de garantía del abastecimiento en episodios de sequía y en situaciones de riesgo sanitario.
Disposición transitoria segunda. Vigencia de los actuales planes de emergencia ante situaciones de sequía en la Demarcación Hidrográfica Galicia-Costa.
Disposición transitoria segunda. Vigencia de los actuales planes de emergencia ante situaciones de sequía en la Demarcación Hidrográfica Galicia-Costa.
Los planes de emergencia ante situaciones de sequía aprobados en el ámbito territorial de la Demarcación Hidrográfica Galicia-Costa con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley podrán continuar aplicándose en lo que no se opongan a su contenido. Estos planes habrán de ser remitidos a Augas de Galicia en el plazo máximo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, para analizar la compatibilidad de sus previsiones con lo establecido en la misma.
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