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Legislación › Decreto Legislativo 1/2023, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón.

Disposición adicional cuarta. Viviendas oficiales.

Disposición adicional cuarta. Viviendas oficiales.

Los inmuebles del patrimonio de Aragón utilizados como vivienda oficial tendrán la consideración de bienes de dominio público.

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