Legislación › Ley 6/2023, de 23 de febrero, de protección y modernización de la agricultura social y familiar y del patrimonio agrario de Aragón.
Artículo 13. Titularidad compartida.
Artículo 13. Titularidad compartida.
Al objeto de lograr la igualdad real y efectiva en el medio rural, desde las Administraciones públicas de Aragón se llevarán a cabo acciones referidas a la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito de las empresas que desarrollan su actividad en el sector agrario, favoreciendo la implantación de la titularidad compartida.


