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Legislación › Ley 6/2023, de 23 de febrero, de protección y modernización de la agricultura social y familiar y del patrimonio agrario de Aragón.

Artículo 13. Titularidad compartida.

Artículo 13. Titularidad compartida.

Al objeto de lograr la igualdad real y efectiva en el medio rural, desde las Administraciones públicas de Aragón se llevarán a cabo acciones referidas a la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito de las empresas que desarrollan su actividad en el sector agrario, favoreciendo la implantación de la titularidad compartida.

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