LexTotal

Legislación › Orden

Orden HFP/310/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2022, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios electrónicos.

En vigor Ministerio de Hacienda y Función Pública · Publicada el 31 de marzo de 2023 · Último cambio el 31 de marzo de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Obligación de declarar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  4. Artículo 2. Obligación de declarar por el Impuesto sobre el Patrimonio.
  5. CAPÍTULO II
  6. Artículo 3. Aprobación del modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  7. Artículo 4. Aprobación del modelo de declaración del Impuesto sobre el Patrimonio.
  8. CAPÍTULO III
  9. Artículo 5. Obtención del borrador de declaración o de los datos fiscales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  10. Artículo 6. Procedimiento de modificación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  11. Artículo 7. Procedimiento de confirmación y presentación del borrador de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  12. CAPÍTULO IV
  13. Artículo 8. Plazo de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio.
  14. CAPÍTULO V
  15. Artículo 9. Forma de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  16. Artículo 10. Forma de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio.
  17. Artículo 11. Documentación adicional que debe acompañar a la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  18. Artículo 12. Lugar de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  19. CAPÍTULO VI
  20. Artículo 13. Pago de la deuda tributaria resultante de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio y obtención de la devolución.
  21. Artículo 14. Pago mediante domiciliación bancaria de la deuda tributaria resultante de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio.
  22. CAPÍTULO VII
  23. Artículo 15. Habilitación y condiciones para la presentación electrónica del borrador de declaración o de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio.
  24. Artículo 16. Procedimiento para la presentación electrónica del borrador de declaración o de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio.
  25. Disposición final única. Entrada en vigor.
  26. [firma]
  27. ANEXO I
  28. ANEXO II
  29. ANEXO III
  30. ANEXO IV