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Legislación › Ley 2/2023, de 22 de marzo, por la que se regulan determinados aspectos de la Red ecológica europea Natura 2000 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 7. Usos del suelo y transformaciones urbanísticas en el ámbito territorial de los espacios contemplados en el artículo 2 de esta ley.

Artículo 7. Usos del suelo y transformaciones urbanísticas en el ámbito territorial de los espacios contemplados en el artículo 2 de esta ley.

Los usos del suelo y las transformaciones urbanísticas que, a la entrada en vigor de esta ley, se hayan aprobado en el ámbito territorial de los espacios contemplados en el artículo 2 quedan legalizados cuando sean compatibles con la protección de los valores que su correspondiente plan o programa de gestión hubiera establecido con carácter previo.

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