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Instrucción 1/2023, de 30 de marzo, de la Junta Electoral Central, sobre procedimiento de votación de los electores inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), tras la modificación llevada a cabo por la Ley Orgánica 12/2022.
En vigor Junta Electoral Central · Publicada el 4 de abril de 2023 · Último cambio el 4 de abril de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Primero. La documentación electoral que la Oficina del Censo Electoral debe remitir a los electores inscritos en el CERA.
- Segundo. Papeletas y documentación electoral descargables telemáticamente.
- Tercero. El procedimiento de depósito del voto en urna y sus garantías.
- Cuarto. El envío por correo del voto de los electores inscritos en el CERA.
- Quinto. El recuento de los votos recibidos por la oficina consular y la elaboración de la documentación electoral que debe remitirse a las Juntas Electorales.
- Sexto. El escrutinio del voto de los electores inscritos en el CERA.
- Séptimo. Publicación y efectos.
- Firma


