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Legislación › Ley Foral 4/2023, de 9 de marzo, de justicia restaurativa, mediación y prácticas restaurativas comunitarias.

Artículo 45. Ámbito de aplicación.

Artículo 45. Ámbito de aplicación.

Las prácticas restaurativas comunitarias se desarrollan fuera del procedimiento judicial y no pretenden tener efectos jurídicos vinculantes.

Las prácticas restaurativas se podrán llevar a cabo en cualquier ámbito social, incluyendo el familiar, vecinal, escolar, sanitario, de consumo, organizacional y penitenciario.

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