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Real Decreto 278/2023, de 11 de abril, por el que se establece el calendario de implantación del Sistema de Formación Profesional establecido por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
En vigor Ministerio de Educación y Formación Profesional · Publicada el 12 de abril de 2023 · Último cambio el 12 de abril de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación del calendario.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.
- Artículo 4. Catálogo Modular de Formación Profesional.
- Artículo 5. Catálogo Nacional de Ofertas de Formación Profesional.
- CAPÍTULO III
- Artículo 6. Registro Estatal de Formación Profesional.
- Artículo 7. Registro Estatal de Acreditaciones de Competencias Profesionales Adquiridas por Experiencia Laboral o Vías no Formales e Informales.
- Artículo 8. Registro General de Centros de Formación Profesional.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 9. Ofertas formativas de Grados A y de Grados B.
- Artículo 10. Oferta de Grados C.
- Artículo 11. Oferta de Grados D.
- Artículo 12. Oferta de Grados E.
- CAPÍTULO V
- Artículo 13. Régimen general y régimen intensivo.
- Artículo 14. Modalidades de oferta.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 15. Condiciones de impartición de las ofertas.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 16. Estrategia general de orientación profesional.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 17. Informe sobre el estado del sistema.
- Disposición transitoria primera. Vigencia de los catálogos y registros del sistema.
- Disposición transitoria segunda. Vigencia de la ordenación de los certificados de profesionalidad.
- Disposición transitoria tercera. Vigencia de la ordenación de los títulos de Formación Profesional y de los cursos de especialización.
- Disposición transitoria cuarta. Vigencia de la ordenación de otros programas formativos.
- Disposición transitoria quinta. Vigencia de la ordenación e impartición de los certificados de profesionalidad.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo normativo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]


