Legislación › Ley Foral 9/2023, de 22 de marzo, del Consejo Navarro de Medio Ambiente.
Artículo 16. Sesiones del pleno.
Artículo 16. Sesiones del pleno.
El pleno se reunirá, con carácter ordinario, al menos una vez al año. Asimismo, podrá celebrar sesiones extraordinarias cuando lo acuerde la presidencia o lo soliciten, mediante escrito dirigido a la misma, al menos un tercio de los vocales permanentes no designados en representación de la Administración de la Comunidad Foral.


