Legislación › Ley 1/2023, de 23 de febrero, por la que se regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Región de Murcia.
Artículo 5. Pérdida de la condición de familia monoparental.
Artículo 5. Pérdida de la condición de familia monoparental.
Una familia monoparental pierde esta condición, a los efectos de esta ley:
1. En el momento en el que la persona que encabeza la unidad familiar contraiga matrimonio con otra persona o constituya una unión de hecho de acuerdo con la legislación vigente, o mantenga relación de afectividad análoga a la conyugal.
2. Cuando la unidad familiar deje de cumplir cualquiera de las condiciones establecidas para tener la condición de familia monoparental.


