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Legislación › Instrucción 2/2023, de 13 de abril, de la Junta Electoral Central, sobre la presentación y gestión electrónica de las excusas presentadas por las personas designadas para integrar las Mesas electorales.

Sexto.

Sexto.

La presente Instrucción será aplicable a los procesos electorales dentro del ámbito de aplicación de la LOREG, razón por la que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18.6 de dicha norma, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», produciendo efectos a partir del día siguiente al de su publicación.

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