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Legislación › Real Decreto 286/2023, de 18 de abril, por el que se regula la asignación de materias en Educación Secundaria Obligatoria y en Bachillerato a las especialidades de distintos cuerpos de funcionarios docentes, y se modifican diversas normas relativas al profesorado de enseñanzas no universitarias.

ANEXO I

ANEXO I

Asignación de las materias de la Educación Secundaria Obligatoria a las especialidades docentes de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Profesores de Enseñanza Secundaria

Especialidades Materias de la Educación Secundaria Obligatoria
Alemán.

Lengua Extranjera (Alemán).

Segunda Lengua Extranjera (Alemán).

Biología y geología. Biología y Geología.
Dibujo.

Educación Plástica, Visual y Audiovisual.

Expresión Artística.

Economía.

Economía y Emprendimiento.

Formación y Orientación Personal y Profesional.

(En los centros en los que exista profesorado de la especialidad de Economía, Formación y Orientación Laboral, y Organización y Gestión Comercial, se seguirá este orden de prelación para impartir las materias Economía y Emprendimiento y Formación y Orientación Personal y Profesional).

Educación física. Educación Física.
Filosofía. Educación en Valores Cívicos y Éticos.
Física y química. Física y Química.
Formación y orientación laboral. Formación y Orientación Personal y Profesional.
Francés.

Lengua Extranjera (Francés).

Segunda Lengua Extranjera (Francés).

Geografía e historia. Geografía e Historia.
Griego. Cultura Clásica.
Informática.

Digitalización.

(En los centros en los que exista profesorado de la especialidad de Informática, este tendrá preferencia sobre el de la especialidad de Tecnología para impartir la materia Digitalización).

Inglés.

Lengua Extranjera (Inglés).

Segunda Lengua Extranjera (Inglés).

Italiano.

Lengua Extranjera (Italiano).

Segunda Lengua Extranjera (Italiano).

Latín.

Latín.

Cultura Clásica.

Lengua castellana y literatura. Lengua Castellana y Literatura.
Matemáticas.

Matemáticas.

Matemáticas A.

Matemáticas B.

Música. Música.
Organización y gestión comercial. Economía y Emprendimiento.
Orientación educativa. Formación y Orientación Personal y Profesional.
Portugués.

Lengua Extranjera (Portugués).

Segunda Lengua Extranjera (Portugués).

Tecnología.

Digitalización.

Tecnología.

Tecnología y Digitalización.

Nota: Sin perjuicio de lo establecido en este anexo, cuando una misma materia esté asignada a varias especialidades, el orden de prelación en la adjudicación estará determinado por lo que las administraciones educativas establezcan para el ámbito de su competencia o, en su defecto, por la asignación que los centros realicen en su programación general anual.

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