LexTotal

Legislación › Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Pesca y Casting.

Artículo 22.

Artículo 22.

Con dependencia directa de los correspondientes Comités Técnicos, en el cuadro siguiente se especifican las Especialidades y Pruebas de Pesca y Casting que actualmente acoge la Federación, sin perjuicio de que en un futuro puedan ser incrementadas con otras de nueva creación.

Actividad Áreas Especialidades Pruebas

PESCA DEPORTIVA

Y

CASTING

Continental SALMÓNIDOS

Salmónidos Mosca.

Salmónidos Lance.

AGUA DULCE

Agua Dulce Flotador.

Agua Dulce Cebador.

Carpfishing (Grandes Peces).

BLACK-BASS

Black-Bass Embarcación.

Black-Bass Orilla.

Black-Bass desde Pato.

Marítima DESDE COSTA

Lanzado Mar Costa.

Corcheo-Mar.

Desde Roca.

Spinning Costa.

DESDE EMBARCACIÓN

Embarcación Fondeada.

Curricán Costero.

Spinning Embarcación.

Jigging Embarcación.

Kayak.

DE ALTURA

De Altura Curricán.

De Altura Brumeo.

Casting CASTING

Casting Inland.

Casting Lance Pesado.

← Artículo 21 Índice Artículo 23 →