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Legislación › Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Pesca y Casting.

Artículo 69.

Artículo 69.

El régimen disciplinario de la FEPyC se regirá por lo previsto en el Reglamento de Disciplina de dicha entidad. La potestad disciplinaria en el seno de la FEPyC será ejercida por el o los órganos disciplinarios que se encuentren previstos en los presentes Estatutos.

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