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Legislación › Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Federación Española de Pesca y Casting.

Artículo 63.

Artículo 63.

1. La contabilidad de la FEPyC se ajustará a las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las Federaciones Deportivas Españolas que desarrolle el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas del Ministerio de Economía y Hacienda.

2. La FEPyC se someterá anualmente a las auditorías de cuentas y, en su caso, de gestión, así como a informes de revisión limitada, sobre la totalidad de sus gastos, que resulten legalmente preceptivas. El Consejo Superior de Deportes podrá encargar su realización, respetando los plazos máximos y mínimos de contratación establecidos en la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas.

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