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Legislación › Orden INT/631/2024, de 20 de junio, por la que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los incentivos al rendimiento del personal de la Guardia Civil.

Artículo 5. Complemento de productividad.

Artículo 5. Complemento de productividad.

1. El complemento de productividad tiene por finalidad retribuir el especial rendimiento en el desempeño, por la actividad y la dedicación extraordinarias, que no estén previstos a través del complemento específico, y por el especial interés e iniciativa demostrados en el desempeño profesional.

También se retribuirá a través de este complemento la contribución a la consecución de los resultados y objetivos que se determinen por parte de quienes ostenten la titularidad de la Dirección General de la Guardia Civil y de la Dirección General de Tráfico, así como el desempeño habitual del servicio, ligado a la disponibilidad personal para prestarlo.

2. La retribución mediante el complemento de productividad de aquellas funciones que por su singularidad o excepcionalidad exijan recibir un tratamiento diferenciado tomará como referencia el sistema general definido en este Reglamento.

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